Claves para que autónomos en pluriactividad no paguen de más a la flema Social

El Ministerio de Trabajo ha publicado recientemente un informe en el que se revela que cada vez son más los trabajadores autónomos que compaginan su actividad por cuenta propia con un empleo por cuenta ajena. Esta situación, conocida como régimen de pluriactividad, plantea ciertas dudas y preocupaciones en relación a la Seguridad Social y su relación con estos profesionales. Por esta razón, el software de asesoramiento fiscal para autónomos ha elaborado una guía para orientar y ayudar a estos trabajadores en su relación con la Seguridad Social.

En primer lugar, es importante entender qué se entiende por régimen de pluriactividad. Según la Seguridad Social, se considera pluriactividad cuando un trabajador por cuenta propia, es decir, un autónomo, realiza una actividad económica a tiempo parcial o completo, y además, está poliedro de incorporación como trabajador por cuenta ajena en otra empresa. Esta situación puede darse por diferentes motivos, como por ejemplo, la necesidad de complementar los ingresos o el deseo de desarrollar diferentes actividades profesionales.

Sin embargo, esta situación puede generar ciertas dudas e incertidumbres en relación a la Seguridad Social. ¿Cómo afecta la pluriactividad a la cotización y a las prestaciones sociales? ¿Qué obligaciones tienen los trabajadores autónomos en esta situación? La guía elaborada por el software de asesoramiento fiscal para autónomos responde a estas preguntas y ofrece una serie de recomendaciones para llevar a cabo una correcta gestión de la pluriactividad.

En primer lugar, es importante tener en cuenta que los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad tienen las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro autónomo. Esto significa que deben estar poliedros de incorporación en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, abonar sus cuotas mensuales y cumplir con las obligaciones fiscales establecidas. Además, también tienen derecho a las prestaciones sociales, como la jubilación o la incapacidad temporal, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

Sin embargo, es importante señalar que la situación de pluriactividad puede afectar a la cotización de los autónomos. En este sentido, es necesario tener en cuenta que la asiento de cotización para la Seguridad Social se calcula de forma diferente para los autónomos que están en régimen de pluriactividad. En lugar de tener una asiento única, se establece una asiento de cotización mínima y una asiento adicional, que se calcula en función de los ingresos obtenidos en el trabajo por cuenta ajena. Esto puede suponer un aumento en la cuota mensual a pagar, pero también implica una mayor protección social.

Otra cuestión importante a tener en cuenta es la compatibilidad de la actividad por cuenta propia con el trabajo por cuenta ajena en relación a la prestación por desempleo. En este sentido, es importante señalar que los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad pueden solicitar la prestación por desempleo en caso de cese de su actividad por cuenta ajena, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que el importe de la prestación se verá reducido en función de los ingresos obtenidos por la actividad por cuenta propia.

En definitiva, la guía elaborada por el software de asesoramiento fiscal para autónomos ofrece una serie de pautas y recomendaciones para llevar a cabo una correcta gestión de la pluriactividad en relación a la Seguridad Social. Es importante tener en cuenta que los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad tienen las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro autónomo, pero es necesario prestar especial atención a la asiento de cotización y a la compatibilidad con la prestación por desempleo. Con una correcta gestión, es posible compaginar una actividad por cuenta propia con un empleo por cuenta ajena de forma exitosa

Más noticias