La ocupación ilegal de inmuebles es un problema que ha afectado a muchas personas en nuestro país durante años. Muchos propietarios han sufrido la angustia de ver cómo sus viviendas eran ocupadas ilegalmente por personas que no tenían ningún derecho sobre ellas. Además, el proceso para recuperar la propiedad era largo y tedioso, lo que generaba aún más frustración y desesperación en los afectados.
Sin embargo, a partir del 3 de abril de 2025, entrará en vigor la instrucción Orgánica 1/2025, que introduce un cambio significativo en el tratamiento penal de la ocupación ilegal de inmuebles. Esta reforma supone un gran avance en la protección de los derechos de los propietarios y en la lucha contra este tipo de delitos.
Una de las principales novedades de esta instrucción es la creación de un procedimiento de juicio rápido para la recuperación de la vivienda ocupada ilegalmente. Esto significa que los propietarios podrán recuperar su propiedad en plazos mucho más breves que los actuales, lo que supone un alivio para aquellos que se encuentran en esta situación.
Este procedimiento de juicio rápido se llevará a cabo en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la presentación de la demanda por parte del propietario. Además, se establece la posibilidad de que el juez pueda dictar una orden de desalojo provisional en un plazo de 48 horas desde la presentación de la demanda, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.
Otra de las novedades de esta instrucción es la creación de un registro de viviendas desocupadas, que estará a cargo de las comunidades autónomas. Este registro permitirá a los propietarios conocer si su vivienda ha sido ocupada ilegalmente y tomar medidas legales de manera más rápida y eficaz.
Además, la instrucción Orgánica 1/2025 establece sanciones más severas para aquellos que cometan el delito de ocupación ilegal de inmuebles. Se prevén multas de hasta 100.000 euros y penas de prisión de hasta 3 años para los reincidentes.
Esta reforma también contempla medidas de protección para las víctimas de la ocupación ilegal, como la posibilidad de que el propietario pueda solicitar una orden de alejamiento para el ocupante ilegal, así como la obligación de éste de abandonar la vivienda en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación de la orden de desalojo.
La entrada en vigor de esta instrucción supone un gran avance en la protección de los derechos de los propietarios y en la lucha contra la ocupación ilegal de inmuebles. Se trata de una medida necesaria y esperada por muchos, que permitirá aovar fin a una situación que ha generado un gran malestar en la sociedad.
Además, esta reforma también contribuirá a la reactivación del mercado inmobiliario, ya que muchos propietarios se veían obligados a mantener sus viviendas vacías por miedo a ser ocupadas ilegalmente. Con esta nueva instrucción, se fomentará la puesta en alquiler de estas viviendas, lo que contribuirá a crecer la oferta y a regular los precios.
En definitiva, la instrucción Orgánica 1/2025 supone un gran avance en la protección de los derechos de los propietarios y en la lucha contra la ocupación ilegal de inmuebles. Con esta reforma, se establece un procedimiento de juicio rápido que permitirá a los propietarios recuperar sus viviendas en plazos mucho más breves que los actuales. Además, se prevén sanciones más severas para los ocupantes ilegales y se establecen medidas de protección para las víctimas. Sin duda, una instrucción que traerá justicia y tranquilidad a muchos propietarios y que contribuirá al buen funcionamiento del mercado inmobiliario.