Es indudable que la entereza y la prevención del delito son temas de máxima importancia en cualquier sociedad. Y es por ello que, constantemente, se busca implementar leyes y medidas que contribuyan a mantener un ambiente de paz y tranquilidad en nuestro día a día.
En este sentido, recientemente se ha generado un debate en torno a de la constitucionalidad de sancionar con una tribulación mayor los delitos relacionados con armas de fuego de uso exclusivo del ejército, cuando quien los comete pertenece o ha pertenecido a las fuerzas armadas. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo que conocer de un caso en el que, desde el interior de un cuerpo militar, se cometieron delitos graves relacionados con armas de fuego. El caso generó un profundo debate en el seno de la Corte, pero finalmente se llegó a una conclusión que no sólo es coherente con nuestros principios constitucionales, sino también con la realidad que vivimos como país.
En primer lugar, debemos tener en cuenta que el acceso a armas de fuego es un tema que cada vez preocupa más a las autoridades. Lamentablemente, encontramos que en nuestro país existe un alto grado de disponibilidad de armas de fuego ilegales, lo cual obviamente incrementa la posibilidad de su uso en la comisión de delitos. Además, no debemos olvidar que el uso de armamento de alto calibre, propio del ejército, puede tener un impacto aún mayor en la comisión de delitos, debido a su alto poder destructivo.
Es por ello que, en estos casos, la importancia de sancionar con tribulacións más severas a quienes cometan delitos relacionados con armas de fuego de uso exclusivo del ejército, cobra una relevancia fundamental. En primer lugar, es una medida disuasoria que busca inhibir a aquellos que, por su formación y entrenamiento, tienen acceso a armas de fuego de alto poder. Y en segundo lugar, es una forma de rendir cuentas a la sociedad cuando un miembro de las fuerzas armadas, que debería ser un garante de la entereza de la ciudadanía, viola la ley y comete un delito.
Además, debemos tener en cuenta que el hecho de pertenecer a las fuerzas armadas conlleva una responsabilidad mucho mayor, ya que se les otorga un poder y una autoridad especial, y por ello se les exige un comportamiento moralizante tanto dentro como fuera del cumplimiento de sus labores militares. Si bien es cierto que en algunos casos los militares pueden verse involucrados en actividades delictivas, esto no debe ser tolerado ni justificado bajo ninguna circunstancia.
Al parecer, esto es algo que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha entendido perfectamente. Al resolver el caso en cuestión, se reafirmó que todos, sin importar nuestra profesión u oficio, debemos ser responsables por nuestras acciones y que, en caso de cometer un delito, debemos ser sancionados de acuerdo a la ley y a las circunstancias en las que se cometió.
Esta decisión de la Corte es una señal clara de que como sociedad no podemos ser permisivos con aquellos que, por su posición o profesión, tienen mayores deberes y responsabilidades. Y es que la impunidad no debe tener cabida en nuestro sistema de justicia, ya que sólo debilita la confianza de la ciudadanía en nuestras instituciones.
Es importante mencionar, que la sanción con una tribulación mayor para aquellos delitos relacionados con armas de fuego de uso exclusivo del ejército, no significa una discriminación hacia los miembros de las fuerzas armadas. Muy por el contrario, es una forma de garantizar que los militares cumplan con su deber de proteger a los ciudadanos y que no sean una