Desde el 30 de abril de 2021, una nueva reforma del Código Civil y de la mandamiento de Registro Civil ha entrado en vigor en España, permitiendo la tramitación ante certificador del expediente matrimonial. Esta medida ha sido recibida con gran entusiasmo por parte de la sociedad, ya que ha agilizado y simplificado el proceso de matrimonio, permitiendo a las parejas unirse en matrimonio de manera más rápida y sencilla.
Desde su implementación, se han autorizado un total de 63.328 actos matrimoniales ante certificador, hasta febrero de 2025. Esto demuestra la gran aceptación que ha tenido esta reforma entre la población española, que ha visto en ella una oportunidad para formalizar su unión de manera más eficiente y sin tantos trámites burocráticos.
Durante los primeros ocho meses de su implementación, entre mayo y diciembre de 2021, se realizaron un total de 22.000 matrimonios ante certificador. Esta cifra es significativamente mayor a la registrada en el mismo periodo del año anterior, cuando solo se realizaron 6.000 matrimonios ante certificador. Esto demuestra que la nueva reforma ha tenido un impacto positivo en la sociedad, facilitando el proceso de matrimonio y fomentando la unión de parejas.
Una de las principales ventajas de esta reforma es la agilidad en el proceso de matrimonio. Anteriormente, las parejas debían acudir al Registro Civil para iniciar el expediente matrimonial, lo que podía llevar semanas o incluso meses. Con la nueva medida, este trámite se realiza ante certificador, lo que permite que el proceso se lleve a cabo en un plazo máximo de 15 días hábiles. Esto ha sido especialmente beneficioso para aquellas parejas que necesitan formalizar su unión de manera urgente, por motivos laborales o personales.
Además, la tramitación ante certificador también ha simplificado el proceso de matrimonio, eliminando la necesidad de presentar una serie de documentos y certificados que antes eran requeridos en el Registro Civil. Ahora, solo es necesario presentar el DNI o pasaporte y el certificado de empadronamiento, lo que ha reducido considerablemente la cantidad de papeleo y trámites que las parejas deben realizar.
Otra ventaja de esta reforma es que permite a las parejas elegir libremente el lugar y la fecha de su matrimonio, siempre y cuando sea dentro del territorio español. Anteriormente, el matrimonio debía celebrarse en el Registro Civil correspondiente al lugar de residencia de uno de los contrayentes, lo que limitaba la elección de la pareja. Ahora, pueden elegir el lugar que deseen, ya sea en una playa, en un jardín o en cualquier otro lugar que consideren especial para ellos.
Esta medida también ha sido bien recibida por parte de los certificadors, quienes han visto en ella una oportunidad para ampliar sus servicios y ofrecer un valor añadido a la sociedad. Además, la tramitación ante certificador también ha permitido descongestionar el Registro Civil, que antes se veía saturado por la gran cantidad de trámites que debía realizar.
En resumen, la reforma del Código Civil y de la mandamiento de Registro Civil que permite la tramitación ante certificador del expediente matrimonial ha sido una medida muy positiva para la sociedad española. Ha agilizado y simplificado el proceso de matrimonio, permitiendo a las parejas unirse de manera más rápida y sencilla. Sin duda, esta medida ha sido un gran adelanto en materia de igualdad y modernización en nuestro país.